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TEPJF falla a favor de Samuel y de Layda



La Sala Superior del TEPJF falló a favor de dos gobernadores electos; Samuel García de Nuevo León y Layda Sansores de Campeche .


A García de Movimiento Ciudadano le anuló la multa de 55 millones de pesos que e l INE impuso a Movimiento Ciudadano, Samuel García por las publicaciones y en vivos que Mariana Rodríguez hizo en sus redes sociales de su esposo el hoy gobernador electo.


El TEPJF modificó la sanción impuesta por el INE al considerar que en este no se tomó en cuenta la presunción de espontaneidad de las publicaciones que realizó ella a favor de su esposo, tampoco la tutela de sus derechos político-electorales, ni la relevancia que en el caso tiene su vínculo matrimonial.


Tres partidos políticos nacionales, habían interpuesto la denuncia al considerar que Samuel recibió en su campaña aportaciones en especie por parte de su esposa, Mariana consistentes en la difusión de diversas publicaciones en la red social Instagram y por la aparición de ella en el video “Arráncate Nuevo León Rock”.

Las magistradas y los magistrados señalaron que en las publicaciones objeto de denuncia se dieron a conocer aspectos de la vida privada de la esposa del candidato electo en ejercicio de su libertad de expresión y en apoyo a su esposo, por lo que no resulta válido que el carácter de influencer -o la cantidad de seguidores-, sean elementos para limitar el ejercicio de tal derecho.

El proyecto aprobado consideró que las publicaciones realizadas por la esposa del candidato electo fueron derivadas del vínculo matrimonial que los une, lo cual debe considerarse como una relación que implica un acompañamiento constante que genera una presunción fuerte de que las manifestaciones de apoyo tienen un carácter auténtico, por lo que no puede considerarse como un beneficio cuantificable en materia de fiscalización.

Por otro lado, confirmó la sanción impuesta en cuanto a la aparición de Mariana en el video “Arráncate Nuevo León Rock”, toda vez que este fue producido de manera profesional y tuvo la participación de cantantes profesionales, lo cual, señalaron, da un contexto y una connotación distinta al caso de las publicaciones en la cuenta de Instagram.

Asimismo, estimaron infundados los agravios expuestos por la esposa del candidato electo respecto a la supuesta existencia de violencia política en razón de género en su contra, ya que los razonamientos, expresiones y referencias contenidas en la resolución impugnada no tienen como intención menoscabar el ejercicio de sus derechos por su calidad de mujer. (SUP-RAP-180/2021 y acumulados)



CAMPECHE

Mientras que , el triunfo de Layda Elena Sansores San Román, candidata del partido Morena a la gubernatura de Campeche se mantuvo.

Luego del recuento de voto por voto, en las mil 190 casillas ubicadas en los 21 Distritos Electorales que está dividido el estado, ordenado por la propia Sala Superior del TEPJF el 19 de agosto pasado.

Sansores San Román tuvo 6 mil 20 votos más que su más cercano adversario, el candidato del partido Movimiento Ciudadano Eliseo Fernández Montufar.

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