Congreso: pena corporal por no publicar decretos o reformas
El no publicar decretos , acuerdos o reformas que el Congreso del Estado apruebe en el Periódico Oficial del Estado (POE) será delito y se sancionará con prisión de uno a tres años por no incumplir con la Constitución local de publicarlas
Por ello se reformó el al Código Penal de acuerdo al dictamen presentado por el Diputado Javier Caballero en el que se adicionó un quinto párrafo al artículo 180 del Código Penal para el Estado de Nuevo León, con el fin de equiparar cualquier acto, omisión o incumplimiento de un servidor público que derive en la no publicación en el periódico oficial del estado, de cualquier decreto, acuerdo, reglamento u otro documento que deba publicarse en dicho medio de difusión.
"Será equiparable al delito de desobediencia y se sancionará cualquier acto, omisión o incumplimiento en que incurra un servidor público que, estando obligado conforme a las atribuciones o funciones de su cargo, derive en que no se publique en el Periódico Oficial del Estado cualquier decreto, acuerdo, reglamento u otro documento que deba publicarse en éste en los términos y de conformidad con los plazos establecidos en el artículo 90 de la Constitución del Estado", establece la reforma al Código Penal.
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