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Senado aprueba no permitir terapias para corregir orientación sexual


Con el voto en abstención del PAN, en el pleno del Senado se avaló prohibir las terapias de reconversión sexual y castigar hasta con 12 años de prisión a quien obligue a menores de edad, con discapacidad y adultos mayores a someterse a esa práctica.


En 2019 había sido avalada por comisiones del Senado, por lo que se aprobó en lo general y en lo particular.


Se adiciona un Capítulo IX denominado Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas al Título Octavo, en el que se reforma el artículo 209 Ter y se adiciona el artículo 209 Quáter del Código Penal Federal y un artículo 465 Bis a la Ley General de Salud.


Con 59 votos a favor, dos en contra (de los panistas Víctor Fuentes y José Alfredo Botello), y 15 abstenciones de Acción Nacional, el dictamen fue avalado y será enviado a la Cámara de Diputados para su votación


La reforma va en contra de las terapias que pretenden corregir la orientación sexual de las personas.


En ese sentido, se aprobó castigar con prisión de dos a seis años y multa de 96 mil a 192 mil pesos a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona. Heraldo de México

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