Ordena TEPJF reabrir investigación sobre tarjetas de campaña de Adrián
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El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró fundado el agravio presentado por el partido Morena en el cual acusó a la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León por no haber realizado una investigación completa de las infracciones denunciadas contra el excandidato postulado por la coalición Partido Revolucionario Institucional (PRI) - Partido de la Revolución Democrática (PRD), Adrián de la Garza Santos.
Por unanimidad de votos, con el voto concurrente del magistrado José Luis Vargas Valdez y el voto razonado del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la Sala Superior del TEPJF revocó la sentencia del Tribunal local y ordenó reabrir la investigación para que las autoridades correspondientes recaben los elementos necesarios y emitan una nueva resolución que determine si se confirmará o no la infracción por haber entregado bienes y/o servicios a la ciudadanía durante la campaña electoral.
Durante la campaña electoral anterior, el partido Morena denunció a Adrián de la Garza Santos y a los partidos de la coalición PRI-PRD que lo postularon, ya que consideró que las entregas de las tarjetas “Por ti mujer fuerte” y “Por ti en compañía” que prometían un depósito bimestral, incurrieron en infracciones en materia de propaganda electoral y uso del financiamiento público.
La sentencia, propuesta por el magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, destacó que la prohibición de entregar bienes o servicios al electorado durante las campañas electorales busca garantizar que el voto de la ciudadanía sea libre –en especial el de aquellas personas en condiciones de desventaja o vulnerabilidad—, así como impedir la comisión de malas prácticas electorales, como la formación de compromisos clientelares.
En ese sentido, el proyecto de sentencia estableció que las autoridades competentes tienen el deber y la obligación de investigar exhaustivamente los hechos para demostrar si la propaganda electoral de Adrián de la Garza fue válida o formó parte de una estrategia de coacción del voto. (SUP-JE-254/2021).
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